domingo, 17 de mayo de 2009

ACTIVIDADES DE SUPERVISION


El Sistema de Control Interno debe ser objeto de Supervisión para valorar la Eficacia y Calidad de su Funcionamiento en el tiempo y permitir su Retroalimentación. Para ello la Supervisión (Seguimiento), comprende un Conjunto de Actividades de Autocontrol incorporadas a los Procesos y Operaciones de la Entidad, con fines de mejora y evaluación. Dichas actividades se llevan a cabo mediante la Prevención y Monitoreo, el Seguimiento de Resultados y los Compromisos de Mejoramiento.

NORMAS BÁSICAS PARA LAS ACTIVIDADES DE PREVENCIÓN Y MONITOREO
5.1.1. Prevención y Monitoreo
El Monitoreo de los Procesos y Operaciones de la Entidad debe permitir conocer oportunamente si éstos se realizan de forma adecuada para el logro de sus Objetivos y si en el desempeño de las funciones asignadas se adoptan las acciones de Prevención, Cumplimiento y Corrección necesarias para garantizar la idoneidad y calidad de los mismos.

5.1.2. Monitoreo Oportuno del Control Interno
La Implementación de las Medidas de Control Interno sobre los Procesos y Operaciones de la Entidad, debe ser objeto de Monitoreo Oportuno con el fin de Determinar su Vigencia, Consistencia y Calidad, así como para efectuar las Modificaciones que sean pertinentes para mantener su eficacia. El Monitoreo se realiza mediante el Seguimiento Continuo o Evaluaciones Puntuales.

NORMAS BÁSICAS PARA EL SEGUIMIENTO DE RESULTADOS
5.2.1. Reporte de Deficiencias

Las Debilidades y Deficiencias detectadas como resultado del Proceso de Monitoreo deben ser Registradas y Puestas a Disposición de los Responsables con el fin de que Tomen las Acciones Necesarias para su Corrección.

5.2.2. Implantación y Seguimiento de Medidas Correctivas
Cuando se Detecte o Informe sobre Errores o Deficiencias que constituyan Oportunidades de Mejora, la Entidad deberá adoptar las Medidas que resulten más adecuadas para los Objetivos y Recursos Institucionales, efectuándose el Seguimiento correspondiente a su Implantación y Resultados. El Seguimiento debe asegurar, asimismo, la adecuada y oportuna Implementación de las Recomendaciones producto de las Observaciones de las Acciones de Control.

NORMAS BÁSICAS PARA LOS COMPROMISOS DE MEJORAMIENTO
5.3.1. Autoevaluación

Se debe Promover y Establecer la Ejecución Periódica de Autoevaluaciones sobre la Gestión y el Control Interno de la Entidad, por cuyo mérito podrá Verificarse el Comportamiento Institucional e Informarse las Oportunidades de Mejora Identificadas. Corresponde a sus Órganos y Personal competente dar cumplimiento a las Disposiciones o Recomendaciones derivadas de la respectiva Autoevaluación, mediante Compromisos de Mejoramiento Institucional.

5.3.2. Evaluaciones Independientes
Se deben realizar Evaluaciones Independientes a cargo de los Órganos de Control competentes para Garantizar la Valoración y Verificación Periódica e Imparcial del Comportamiento del Sistema de Control Interno y del Desarrollo de la Gestión Institucional, identificando las Deficiencias y formulando las Recomendaciones Oportunas para su Mejoramiento.